El Ayuntamiento de Madrid aprobó la moción para la reducción de la exposición a disruptores endocrinos el 28 de junio de 2017.
La moción fue presentada por los concejales Javier Barbero (Ahora Madrid), Ignacio Benito (PSOE) y Ana Domínguez (Ciudadanos). Fue aprobada por mayoría con el voto a favor de estas tres formaciones políticas y con la abstención del Partido Popular.
Estado de la aplicación de la moción en noviembre de 2018. Intervención del Concejal del Ayuntamiento de Madrid, Jesús Barbero, en el Congreso Nacional de Medio Ambiente CONAMA 2018.
1. Limitar el
uso de productos fitosanitarios y biocidas que contengan sustancias químicas
susceptibles de actuar como disruptores endocrinos en espacios públicos.
Se limitará al máximo posible el tratamiento fitosanitario y biocida de
parques y jardines, centros escolares, centros sanitarios, centros de tercera
edad y otros espacios de titularidad municipal públicos para no exponer, innecesariamente,
a la población a disruptores endocrinos y a otras sustancias tóxicas. Los responsables municipales valorarán
la necesidad del uso puntual de alguna de estas sustancias en caso de
situaciones de necesidad por riesgo para la salud.
Dentro de la estrategia de contratación responsable del Ayuntamiento de Madrid se implementarán cláusulas ambientales en la contratación, incluyéndolas en los pliegos de los contratos públicos y en los procedimientos internos
relacionados con la aplicación de productos químicos. Asimismo, se promocionará expresamente la limitación de uso de productos fitosanitarios y biocidas que pudieran contener sustancias susceptibles de actuar como disruptores endocrinas, así
como sustancias clasificadas como cancerígenas, mutágenas y tóxicas para la
reproducción. Sólo se podrá considerar la utilización de estas sustancias, con carácter excepcional, si fuera imprescindible técnicamente por razones de efectividad de tratamiento y seguridad laboral.
2. Limitar el
uso de sustancias químicas susceptibles de actuar como disruptores endocrinos
en otros contratos y compras públicas.
La limitación de la presencia de
estas sustancias en otros contratos y compras públicas como cláusulas ambientales en la contratación municipal puede revertir en
importantes disminuciones en la exposición de los trabajadores y usuarios de
centros públicos. Además impulsará el mercado de productos más limpios y
seguros. Entre los contratos y compras públicas más relacionados con esta
moción se encuentran, entre otros, los de limpieza y mantenimiento de edificios públicos, vía
pública y zonas verdes, compra de materiales y equipos o construcción.
3. Reducir la
exposición a disruptores endocrinos a través de la alimentación.
Para reducir la exposición a
disruptores endocrinos a través de la alimentación, el Ayuntamiento de Madrid
fomentará dietas saludables basadas en la estrategia NAOS, favorecerá el
consumo de alimentos ecológicos, evitará los envases que contengan bisfenol-A,
ftalatos y otros disruptores endocrinos; y promoverá buenas prácticas de
procesado de alimentos; como: calentar y cocinar alimentos en envases y
utensilios sintéticos que contengan estas sustancias (plásticos, teflón*, etc.).
El Ayuntamiento de Madrid implantará estas medidas progresivamente a través de cláusulas ambientales en los próximos contratos de servicios de catering de los comedores colectivos de titularidad municipal (escuelas infantiles, centros escolares, centros de día, residencias, etc) incluidos en el ámbito de sus competencias e instará la aplicación de estas medidas en otros centros. Se tendrán en cuenta los documentos de consenso sobre requerimientos nutricionales en centros educativos o residenciales, estableciendo el acertado equilibrio entre las necesidades nutricionales y el consumo de alimentos libres de sustancias con esta carga hormonal.
El Ayuntamiento de Madrid implantará estas medidas progresivamente a través de cláusulas ambientales en los próximos contratos de servicios de catering de los comedores colectivos de titularidad municipal (escuelas infantiles, centros escolares, centros de día, residencias, etc) incluidos en el ámbito de sus competencias e instará la aplicación de estas medidas en otros centros. Se tendrán en cuenta los documentos de consenso sobre requerimientos nutricionales en centros educativos o residenciales, estableciendo el acertado equilibrio entre las necesidades nutricionales y el consumo de alimentos libres de sustancias con esta carga hormonal.
4. Informar a
la población sobre los riesgos de los disruptores endocrinos, las principales
fuentes de exposición de la población y sobre cómo reducir esta exposición.
El Ayuntamiento de Madrid
organizará actividades informativas y formativas dirigidas preferentemente a
los profesionales en contacto con familias, jóvenes, niños y adolescentes,
educadores, monitores de tiempo libre o periodistas.
También desarrollará actividades
de información y sensibilización dirigidas a la ciudadanía, en particular a los
grupos de población más vulnerables (menores, ancianos, enfermos, embarazadas).
5. Instar a la
Comunidad de Madrid a la adopción de medidas de reducción de la exposición a
disruptores endocrinos como las incluidas en esta moción.
6. Instar al
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y al Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a la adopción de políticas para reducir la exposición de la población y el medio ambiente a disruptores
endocrinos y la defensa de la prohibición urgente de estas sustancias a escala
Europea.
7. Informar
anualmente al Pleno del Ayuntamiento y a la ciudadanía a través de su página
Web sobre los avances en el cumplimiento de este acuerdo.